TRIBUTACIÓN DE LOS PROFESIONALES INDEPENDIENTES Y DE LAS SOCIEDADES DE PROFESIONALES
Autor : Gonzalo Araya Ibáñez
Edición : 2da Edición - Septiembre 2023
Formato : 1 Tomo - 336 Páginas (Papel + Digital)
ISBN : 978-956-400-386-3
Editorial : Thomson Reuters
Descripción
En esta obra se aborda la tributación de
quienes ejercen de forma independiente una profesión u ocupación lucrativa,
en que predomine el esfuerzo personal
por sobre el uso de bienes de capital.
Los ingresos obtenidos por estos
contribuyentes, que se clasifican en la segunda categoría de la Ley de la
Renta,
deben satisfacer el impuesto global
complementario o el adicional, según corresponda, conforme así lo establece el
artículo 42, N°2 de dicho cuerpo legal.
Se analizan especialmente en esta obra
las distintas rentas comprendidas en el señalado N°2 del artículo 42, entre las
que destacan las obtenidas por las
sociedades de profesionales que se dediquen exclusivamente a prestar servicios
o
asesorías profesionales por intermedio
de sus socios o asociados.
Asimismo, se dedica gran atención a la
determinación de la renta líquida imponible de los contribuyentes de que se
trata, sea que se calcule a través de
gastos efectivos o presuntos.
Es importante señalar que, en los
análisis y comentarios referidos, se ha dado especial relevancia a las
instrucciones y
dictámenes impartidos por el SII para la
aplicación de las normas que regula la imposición de los trabajadores
independientes.
CAPÍTULO 1
IMPOSICIÓN A QUE ESTÁN SOMETIDAS LAS
RENTAS DEL TRABAJO NO DEPENDIENTE
1. Consideraciones previas
2. Situación de los chilenos residentes
en el extranjero afectos al impuesto de segunda categoría
2.1. Instrucciones del SII sobre los
conceptos de residencia y domicilio. Pérdida de residencia y domicilio
2.2. Caso de pérdida de residencia y
domicilio
2.3. Declaración Jurada aviso de
permanencia en Chile
2.4. Normas que pueden gravar con
impuesto adicional las remuneraciones obtenidas por los profesionales y otros
trabajadores independientes
3. Impuesto adicional aplicable hasta el
31.12.12 a los chilenos residentes o domiciliados en el extranjero por las
remuneraciones afectas a segunda
categoría
3.1. Requisitos y presupuestos de
aplicación del ex artículo 61
3.2. Base imponible de este gravamen
3.3. Declaración y pago del impuesto
adicional
7.2. Imputación de las retenciones de
impuesto y de los pagos provisionales
8. Rentas exentas del ex impuesto
cedular de segunda categoría
8.1. Rentas anuales de monto no superior
a 10 unidades tributarias anuales
8.2. Rentas percibidas por equipos,
deportistas, técnicos, asesores y dirigentes deportivos extranjeros por su
participación en torneos realizados en
Chile
8.3. Rentas percibidas por sus
actuaciones en Chile por artistas chilenos que residan en el extranjero
8.4. Rentas percibidas por residentes en
la provincia de Isla de Pascua
8.5. Rentas exoneradas de este tributo
por encontrarse afectas al impuesto adicional
CAPÍTULO 2
ANÁLISIS CASUÍSTICO DE LAS RENTAS
COMPRENDIDAS EN EL NÚMERO 2O DEL ARTÍCULO 42
1. Enunciación de las rentas
comprendidas en esta disposición
2. Rentas provenientes del ejercicio
independiente de una profesión
3. Situación de los laboratorios clínicos
explotados por profesionales individualmente o en forma colectiva
4. Situaciones especiales
4.1. Comunidades de profesionales
4.2. Sociedades de hecho
4.3. Grupos de profesionales que
trabajan particularmente a base de un fondo común
5. Rentas de los auxiliares de la
administración de justicia
6. Renta de los corredores
7. Situación de los corredores de bolsa
8. Rentas obtenidas por personas que
desarrollan una ocupación lucrativa
8.1. Requisitos que deben concurrir para
que proceda su clasificación en la segunda categoría
8.2. Catálogo de las actividades más
comunes afectas a esta calificación
8.3. Situación particular de los
trabajadores de artes y espectáculos
9. Tributación de las participaciones y
asignaciones de los directores o consejeros de sociedades anónimas
9.1. Retención del impuesto que afecta a
estas rentas
10. Pronunciamientos del Servicio de
Impuestos Internos sobre otras rentas comprendidas en el No 2 del artículo 42
10.1. Tributación de los prácticos de
puertos y canales
10.2. Situación tributaria de comisiones
pagadas por un banco a sus empleados por encargo de su mandante, un
grupo financiero, y reembolsadas al
mandatario
10.3. Situación tributaria de las sumas
pagadas por concepto de traslación y viáticos a profesionales contratados a
honorarios por la Administración Pública
10.4. Tratamiento tributario aplicable a
las asignaciones de movilización y colación entregadas a un estudiante en
práctica
10.5. Dietas pagadas a directores de una
empresa portuaria
CAPÍTULO 3
RENTAS PERCIBIDAS POR LAS SOCIEDADES DE
PROFESIONALES
1. Comentarios previos
2. Rentas de sociedades de profesionales
3. Requisitos que deben cumplir las
sociedades de profesionales para ser calificadas como tales
3.1. Exigencia de que se trate de
sociedades de personas
3.2. Algunas precisiones respecto de las
profesiones de los socios
4. Tributación de las sociedades de
profesionales en la segunda categoría. Determinación de la renta líquida
imponible
4.1. Determinación del monto de los
ingresos brutos anuales
4.2. Deducción de los gastos efectivos
4.3. Retención del impuesto
4.4. Documentos tributarios que deben
emitir estos contribuyentes
5. Opción de las sociedades de
profesionales de declarar y tributar en la primera categoría
5.1. Ejercicio de la opción de tributar
en primera categoría
5.2. Carácter irreversible de la opción
5.3. Documentos tributarios que deben
emitir estos contribuyentes
5.4. Contribuyentes que se reorganicen
para tributar como sociedad de profesionales
5.5. Procedimiento para el registro de
las sociedades de profesionales
6. Dictámenes de la Dirección Nacional
del SII sobre la materia
6.1. Sueldo patronal en caso de
sociedades de profesionales que tributan de acuerdo con las normas de la
primera
categoría
6.2. Sociedad por acciones que se
transforma en sociedad de responsabilidad limitada
6.3. Calificación de una compañía como
sociedad de profesionales
6.4. Exclusividad en la prestación de
servicios de los socios de una sociedad de profesionales
6.5. Participación en una sociedad de
profesionales asignada a la contabilidad del empresario individual
6.6. Requisitos para tributar como
sociedad de profesionales relacionados al objeto social
6.7. Tributación y documentos que deben
emitir las sociedades de profesionales
6.8. Una sociedad de hecho no califica
como sociedad de profesionales
1. Generalidades
2. Determinación del monto de los
ingresos brutos anuales
3. Concepto de ingresos percibidos
4. Deducción de los gastos efectivos
4.1. Normas que regulan la deducción de
los gastos efectivos
4.2. Requisitos que deben concurrir para
la aceptación de su rebaja
5. Análisis casuístico de los
principales rubros de rebajas
5.1. Intereses
5.2. Impuestos y contribuciones
5.3. Pérdidas
5.4. Créditos incobrables
5.5. Depreciaciones
5.6. Sueldos, salarios y otras
remuneraciones
5.7. Gastos de representación
5.8. Donaciones
5.9. Gastos por concepto de cursos de
capacitación, perfeccionamiento u otros
5.10. Cuotas a colegios profesionales,
sociedades científicas o a otras entidades que agrupan a los profesionales
5.11. Adquisición de revistas, libros y
material de consulta
5.12. Reajustes y diferencias de cambio
provenientes de créditos o préstamos
5.13. Gastos de organización y puesta en
marcha
5.14. Arriendos en general
5.15. Gastos originados por vehículos
motorizados
6. Situación de las imposiciones
previsionales
6.1. Obligación de cotizar de los
trabajadores independientes
6.2. Gradualidad en la aplicación de
esta obligación
6.3. Obligación de cotizar de acuerdo
con la ley No 21.133 de 2019
6.4. Excepciones a la obligación de
cotizar anualmente en el F22
7. Tratamiento de los gastos por
asistencia a congresos realizados fuera del país
8. Deducción de gastos presuntos
8.1. Contribuyentes que pueden acogerse
a esta modalidad
8.2. Alcances y operatoria
9. Corrección monetaria de las rentas de
segunda categoría
9.1. Contribuyentes que declaran sus
rentas en base a los gastos efectivos
9.2. Contribuyentes que declaran sus
rentas en base a la presunción de gastos
9.3. Variaciones del IPC que deben
considerarse para estos efectos
10. Reducción de la renta afecta a
impuesto que beneficia a los contribuyentes comprendidos en el artículo 42, No
2,
de la ley de la renta radicados en las
regiones favorecidas por el D.L. No 889, de 1975
11. Tratamiento de las utilidades
obtenidas en la enajenación de bienes del activo inmovilizado realizada por
contribuyentes clasificados en la
segunda categoría
12. Inversiones efectuadas al amparo del
ex artículo 54 bis de la Ley de la Renta
13. Deducción de los depósitos de ahorro
previsional voluntario y de las cotizaciones voluntarias a que se refiere el
párrafo 2 del Título III del D.L. No
3.500 de 1980
13.1. Conceptos que comprende el
beneficio tributario por ahorro previsional
13.2. Regímenes tributarios que
establece el artículo 42 bis para impetrar los beneficios impositivos por
ahorro
previsional
13.3. Tratamiento tributario de los
recursos originados en depósitos de APV o cotizaciones voluntarias, acogidos al
artículo 42 bis, No 1, que se hayan
destinado a pólizas de seguro de vida, en caso de muerte del asegurado
13.4. Manifestación expresa de la
voluntad de acogerse al sistema de ahorro a que se refiere el artículo 42 bis
13.5. Incompatibilidad de este sistema
con el establecido en el ex artículo 57 bis de la Ley de la Renta
13.6. Régimen tributario de ahorro
previsional establecido en el inciso segundo del artículo 42 bis de la Ley de
la
Renta
13.7. Retiros efectuados con cargo a las
cuentas de APV ordenados por el tribunal para el cobro de deudas de
pensiones de alimentos de acuerdo con la
ley No 21.484 de 2022
13.8. Tratamiento tributario de los
retiros de depósitos de APV
13.9. Retención por parte de las
entidades que administran los APV
13.10. Información que las entidades administradoras
deben proporcionar al SII
14. Deducción de los dividendos pagados
por créditos con garantía hipotecaria
14.1. Monto a que asciende la deducción
tributaria y límites máximos
14.2. Momento en que se genera el
beneficio
14.3. Forma de hacer efectiva la rebaja
en el caso de los contribuyentes del impuesto global complementario
14.4. Incompatibilidad de este beneficio
con el establecido en el artículo 55 bis de la Ley de la Renta
14.5. Ejemplo práctico de aplicación de
la rebaja en análisis
15. Deducción de los intereses
provenientes de créditos con garantía hipotecaria
15.1. Monto del interés deducible
15.2. Procedimiento para hacer efectiva
esta rebaja
15.3. Opción otorgada a los
contribuyentes acogidos a la ley No 19.622 para impetrar esta franquicia
15.4. Ejemplo de aplicación de esta
deducción
16. Deducción de las cuotas de fondos de
inversión adquiridas antes del 4 de junio de 1993
16.1. Contribuyentes que pueden hacer
uso de la rebaja en análisis
16.2. Inversiones en cuotas de fondos de
inversión que dan derecho a la rebaja en análisis. Monto de la misma
16.3. Límite máximo hasta el cual
procede la rebaja por inversiones en cuotas de fondos de inversión
17. Deducción por donaciones a entidades
sin fines de lucro
17.1. Donantes
17.2. Fines de las donaciones
17.3. Donatarias
17.4. Obligaciones de las entidades
donatarias
17.5. Beneficios de las donaciones a
entidades sin fines de lucro
17.6. Donaciones provenientes del
exterior
17.7. Acreditación de la donación para
acceder a los beneficios tributarios
17.8. Donaciones de bienes corporales e
incorporales y su valorización
17.9. Incompatibilidad de beneficios
tributarios
CAPÍTULO 5
CRÉDITOS CONTRA EL IMPUESTO GLOBAL
COMPLEMENTARIO. CÁLCULO DEL IMPUESTO
1. Comentarios preliminares
2. Tasas del impuesto
3. Escala de tasas contenida en la letra
b) del artículo 52 bis de la Ley de la Renta
4. Créditos contra el impuesto
5. Crédito proporcional por rentas exentas
del impuesto global complementario
6. Crédito por impuesto de primera
categoría
6.1. Contribuyentes que tienen derecho a
este crédito
6.2. Monto del crédito
6.3. Crédito con obligación de
restitución
6.4. Pago voluntario del impuesto de
primera categoría para generar crédito
7. Créditos especiales contenidos en los
números 4) y 5) del artículo 56
7.1. Crédito especial por los retiros o
dividendos que excedan de 310 UTA
7.2. Crédito por impuesto territorial
8. Crédito por gastos en educación
8.1. Características del crédito por
gastos en educación
8.2. Contribuyentes beneficiados
8.3. Requisitos para la procedencia del
crédito
8.4. Monto del crédito
9. Crédito especial por donaciones con
beneficios tributarios
9.1. Crédito especial por donaciones
efectuadas a Universidades, Institutos Profesionales y Centros de Formación
Técnica
9.2. Crédito especial por las donaciones
para fines culturales
9.3. Crédito especial por las donaciones
para fines deportivos
9.4. Crédito especial por donaciones con
fines sociales
9.5. Límite global absoluto