LA NOTIFICACIÓN EN EL CÓDIGO DE AGUAS - COMPENDIO DE EXÉGESIS Y JURISPRUDENCIAS

LA NOTIFICACIÓN EN EL CÓDIGO DE AGUAS - COMPENDIO DE EXÉGESIS Y JURISPRUDENCIAS

Autor : Christian Neumann Manieu
Edición : Junio 2024
Formato : 1 Tomo - 800 Páginas

ISBN : 978-956-6170-37-2
Editorial : Libromar

 

Descripción

 

El interés de examinar y sistematizar la información sobre la notificación y sus consecuencias radica en las facultades de la Autoridad –que se

ejercen a través de los respectivos procedimientos y funcionarios, mediante este acto administrativo trámite de comunicación– que están

prefijadas en unas normas que predeterminan en forma específica lo que el órgano administrativo debe hacer ante un supuesto fáctico

determinado o determinable, es decir, la ley sustituye el criterio de la Administración reduciendo, consecuencialmente, su ámbito de

discrecionalidad– y determina de antemano tanto la tramitación del procedimiento como el contenido de la decisión, y, por ende, ante el

supuesto de hecho, descrito previamente en la ley, la entidad pública no tiene otra opción lícita que seguir el camino predeterminado por esta y

resolver en consecuencia, esto es, cumplir con el cometido estatal respectivo y comunicarlo en forma legal. Luego, la notificación es así una

carga procesal ineludible de la Administración para el cumplimiento del debido y legalmente tramitado proceso administrativo. De alguna

manera, además, es el vínculo entre cada parte del proceso como de sus trámites, presentaciones y resoluciones, como, en sí misma, la

comunicación del contenido de la decisión final.

1. Referencias desde el Derecho de Aguas

2. Pormenores desde el Derecho Público

3. Particularidades desde el marco normativo de la autoridad competente

4. Correlaciones desde la Ley de Bases de los Procedimientos Administrativos

5. Propósitos

PRIMERA PARTE

MARCO JURÍDICO DE LA NOTIFICACIÓN

1. El principio de publicidad y la notificación

2. La notificación: Generalidades

2.1. Naturaleza jurídica

2.2. Aspectos generales de la notificación

2.3. Ideas sobre la notificación y su distinción de otras instituciones similares

2.3.1. Concepto de notificación

2.3.2. La notificación y su distinción de similares instituciones procesales

3. Requisitos de la notificación

3.1. Las actuaciones administrativas deben ser practicadas por el funcionario que indica la ley o el acto administrativo

3.2. El lugar en que debe efectuarse la notificación

3.2.1. Oportunidad para designar domicilio

A. Ocasión inicial para designar domicilio

B. Designación posterior de domicilio

C. Designación de nuevo domicilio durante el proceso

D. Multiplicidad de domicilios designados

E. Designación de un domicilio especial

3.2.2. De la posibilidad de impetrar el apercibimiento legal

3.2.3. El problema del lugar propiamente tal designado como domicilio

A. Si la presentación de la solicitud se efectúa ante la oficina de la autoridad competente del lugar

B. Si la presentación de la solicitud se efectúa ante la oficina del delegado presidencial provincial respectivo

C. Si la presentación de la solicitud se efectúa por medio de la página web institucional

3.2.4. Consideraciones del lugar y el domicilio

3.3. Momento para una notificación legalmente procedente

3.4. Formalidades de la notificación

4. Los tipos de notificaciones

5. Efectos de la notificación

5.1. Antecedentes

5.2. Tipología de los efectos que causa una notificación válida

5.2.1. Efectos respecto de la autoridad que expidió el acto

A. Desasimiento

A.1. Excepciones al desasimiento administrativo

A.2. Excepciones al desasimiento aplicables a todo proceso administrativo

A.3. Excepciones al desasimiento aplicables en procedimientos reglados por el Código

B. Actuaciones en relación con el expediente administrativo

C. Aclaración del acto administrativo

5.2.2. Efectos respecto al proceso administrativo

A. Inicio del proceso

B. Avance del proceso: Orden consecutivo legal

C. Conclusión del proceso

D. El principio de la doble instancia administrativa

5.2.3. Efectos respecto al contenido del acto notificado

A. La expresión de la voluntad de la Administración

B. Ejecutoriedad del acto

C. Ejecutividad del acto

5.2.4. Efectos respecto de los derechos de las partes

A. Inexistencia jurídica

B. Inoponibilidad

C. Invalidación

D. Nulidad

E. Preclusión

F. Cosa juzgada

G. Revocación

H. Del decaimiento o la imposibilidad material de continuar el procedimiento

I. Abandono del procedimiento

J. El derecho de impugnar el acto notificado: los recursos

J.1. Legitimación activa

J.1.1. Legitimidad activa en los procedimientos administrativos

J.1.2. Legitimidad activa en los procedimientos del Código de Aguas

J.2. Recursos generales en sede administrativa

J.2.1. Recurso de reposición

J.2.2. Recurso jerárquico

J.2.3. Recurso extraordinario de revisión

A. Antecedentes

B. Normativa

C. Aplicación a los procedimientos del Código de Aguas

J.3. Recurso de reconsideración (recurso especial del Código de Aguas en sede administrativa)

J.4. Derecho a la interrupción del plazo para recurrir en sede judicial

J.5. Derecho a que se decrete orden de no innovar o la suspensión del acto recurrido

J.6. Derecho u obligación de agotar la fase administrativa

J.7. Recursos en sede judicial

J.7.1. Facultades conservadoras de los Tribunales de Justicia

J.7.2. Del recurso de reclamación

A. Antecedentes

B. Corte de Apelaciones competente y plazo

C. Suspensión de acto reclamado, notificación, tramitación y fallo

D. Legitimidad pasiva y representación judicial

E. Reglas especiales de la reclamación en proceso de extinción de derechos sujetos a pago de patente

F. Información de transparencia de interés público

J.7.3. Recurso de protección

J.7.4. Acción de nulidad de derecho público

J.7.5. Acción de amparo económico

SEGUNDA PARTE

LA NOTIFICACIÓN ES UNA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA REGLADA

1. Antecedentes

2. La notificación personal

2.1. Casos en que procede la notificación personal

2.1.1. Cuando es voluntaria

2.1.2. Cuando es obligatoria

A. Casos sujetos a las reglas del artículo 131 del Código de Aguas

B. Casos que se someten a normas diversas del Código o de la Ley No 19.880

2.2. Forma de realizar la notificación personal

3. La notificación por cédula

3.1. Casos en que procede la notificación por cédula

3.1.1. Cuando es voluntaria

3.1.2. Cuando es obligatoria

3.2. Forma de realizar la notificación por cédula

4. La notificación por avisos

4.1. Casos en que procede la notificación por aviso

4.1.1. Cuando es voluntaria

4.1.2. Cuando es obligatoria

A. Casos sujetos al artículo 131 del Código de Aguas

B. Casos sujetos a otras normas del Código de Aguas

C. Casos sujetos a la Ley No 19.880

4.2. Forma de realizar la notificación por aviso bajo el anterior Código de Aguas

4.2.1. Diarios o periódicos en que debía efectuarse la notificación por aviso

A. Presentación que se publica corresponde a la Región Metropolitana

B. Presentación que se publica corresponde a una región distinta de la Región Metropolitana

4.2.2. Fecha, oportunidad y cómputo del plazo en que debe efectuarse la notificación por aviso

4.2.3. Menciones que debe contener el aviso

4.2.4. Cuándo y cómo deben acompañarse las publicaciones

4.2.5. Casos en que se afecta la acertada inteligencia de los terceros

A. Menciones erráticas

B. Omisión de requisitos

C. Omisión de publicaciones

D. Datos imprecisos

4.2.6. Costos de las publicaciones

4.3. La publicación rectificatoria

Escribir Opinión

Nota: No se permite HTML!
    Malo           Bueno

  • Vistas: 173
  • Código de Producto:
  • Existencia: Disponible
  • $69.900

Etiquetas: LA NOTIFICACIÓN EN EL CÓDIGO DE AGUAS - COMPENDIO DE EXÉGESIS Y JURISPRUDENCIAS