LA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA CIVIL Y SU JURISPRUDENCIA ACTUAL
Autor : José Luis Zavala Ortiz
Edición : Abril 2023
Formato : 1 Tomo - 240 Páginas
ISBN : 978-956-6170-21-1
Editorial : Libromar
Descripción
La
prescripción extintiva civil es una de las instituciones que más conflictos
genera en el ámbito judicial
chileno
y que la jurisprudencia de la Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones ha ido
analizando en sus
diversos
ámbitos.
Esta
investigación es el fruto de un seguimiento de tendencias y casuísticas
judiciales en sentencias de la
Primera
y Tercera Sala de la Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones en lo que se
refiere a las
siguientes
temáticas de la prescripción extintiva civil:
–
Prescripción extintiva ordinaria civil
–
Prescripción de la acción ejecutiva: prescripción de acción ejecutiva de tres
años, prescripción del
pagaré,
prescripción de la factura y prescripción del cobro de crédito con aval del
Estado
–
Prescripción de la acción indemnizatoria civil
–
Prescripción de otras acciones
–
Interrupción de la prescripción
–
Suspensión de la prescripción
–
Renuncia a la prescripción
PRIMERA
PARTE
PRESCRIPCIÓN
EXTINTIVA CIVIL ORDINARIA
1.
Requisitos de la prescripción extintiva
2.
Acción ordinaria que emana del mutuo prescribe en cinco años
3.
Mutuo hipotecario
4.
Juez no puede declarar de oficio prescripción de acción ordinaria que emana de
mutuo
5.
Casuística
5.1.
Procede prescripción de obligación consistente en pago de consumo eléctrico ya
que transcurrieron
más
de cinco años de su exigibilidad
5.2.
Cómputo de prescripción extintiva respecto a indemnización por enfermedad
profesional
5.3.
Cobro de prestación de servicios que escapa al concepto de profesión liberal se
rige por prescripción
ordinaria
5.4.
Acciones emanadas de contrato de cuenta de corriente bancaria se sujetan a
normas de prescripción
generales
siendo su plazo el de cinco años en virtud del artículo 2515 del Código Civil
SEGUNDA
PARTE
PRESCRIPCIÓN
DE LA ACCIÓN EJECUTIVA
I.
Prescripción de acción ejecutiva
1.
Oportunidad de oposición de excepción ejecutiva de prescripción. Escrito en que
se da por notificado y
opone
excepción
2.
Carácter excepcional de facultad del tribunal de declarar de oficio
prescripción en juicio ejecutivo
3.
Procede acoger prescripción de la acción ejecutiva a pesar que demandado no
haya individualizado
cada
obligación
4.
Excepción de prescripción no se puede oponer en cualquier estado de la causa.
Artículo 310 del Código
de
Procedimiento no tiene aplicación en juicio ejecutivo
5.
Plazo de ejecución de sentencia arbitral es de tres años contados desde que
transcurrió plazo para
presentación
de recursos y no desde certificación de aquella circunstancia
6.
Gestión preparatoria de reconocimiento de firma no tiene el alcance de generar
un nuevo plazo de
prescripción
cuya reglamentación es de orden público
7.
Gestión preparatoria y demanda ejecutiva forman parte de un mismo proceso para
efectos de cómputo
de
plazo de prescripción
8.
Prescripción de obligación principal acarrea la de la acción hipotecaria
8.1.
Si no se ha extinguido la obligación garantizada con la hipoteca no es posible
declarar la prescripción
de
la acción hipotecaria
8.2.
Al no haber operaciones crediticias vigentes entre las partes y existir
prescripción de obligación
principal
procede declarar prescrita hipoteca con cláusula de garantía general
9.
Regla de conversión de acción ejecutiva que se transforma en ordinaria
10.
Institución de la suspensión de la prescripción resulta plenamente aplicable a
la acción ejecutiva
II.
Prescripción de acción de cobro de pagaré
1.
No procede declaración de oficio de prescripción en cobro de pagaré
2.
Cláusula de aceleración en el pagaré
2.1.
Oportunidad desde la que se cuenta el plazo de prescripción respecto de
obligación contenida en
pagaré
2.2.
Efectos de la renuncia a la cláusula de aceleración: Sólo alcanza a las cuotas
en que aceptó el pago
2.3.
Prescripción de cuotas vencidas antes de interposición de demanda que explicita
decisión del
acreedor
de acelerar el crédito
2.4.
Prescripción de cuotas con vencimiento anterior a un año de notificación de
demanda
2.5.
Si plazo de un año transcurrió íntegramente no procede prescripción parcial de
cuotas del pagar
2.6.
Prescripción cuando acreedor no hace efectiva cláusula de aceleración contenida
en pagaré
2.7.
Acelerada la deuda por presentación de demanda aun cuando deudor pague cuotas
morosas se hace
exigible
toda la obligación
2.8.
Pago de cuota antes de notificación de demanda hace imposible la ejecución del
total de la deuda
por
cláusula de aceleración
2.9.
Abandono del procedimiento no hace desaparecer efectos de cláusula de
aceleración hecha valer con
interposición
de demanda
3.
Interrupción de la prescripción de acción ejecutiva que emana del pagaré
3.1.
Interrupción de la prescripción en cobro de pagaré sólo opera con la notificación
de la demanda
3.2.
Pago parcial de obligación contenida en pagaré no interrumpe la prescripción
3.3.
Escrito de demandado en que se tiene por notificado de cobro de pagarés
interrumpe naturalmente
la
prescripción
3.4.
Demanda presentada antes de inicio de vigencia de Ley No 21.226. Prescripción
del cobro de pagaré
4.
No es procedente la conversión de prescripción en el pagaré
5.
Plazo de prescripción de pagaré a la vista comienza a correr al momento de su
suscripción
6.
Plazo de prescripción de pagaré sin cuotas corre desde la autorización de firma
por notario
III.
Prescripción de acción de cobro de factura
1.
No procede prescripción de facturas al tratarse de acción de cobro de pesos en
donde aquéllas sólo
fueron
acompañadas como elementos probatorios
2.
Oportunidad en la que se produce interrupción de la prescripción de cobro de
factura
3.
Gestión preparatoria de notificación cobro de factura: Interrupción de la
prescripción
4.
Procede prescripción de cobro de factura ya que notificación efectuada en
gestión preparatoria fue
anulada
en virtud de que gerente de sociedad demandada no se encontraba en el país
IV.
Prescripción de crédito con aval del Estado
1.
Requisitos para que pagaré emitido a causa de crédito con aval del Estado goce
de imprescriptibilidad
del
art. 13 de la Ley No 20.027
2.
Crédito con aval del Estado no es imprescriptible por no haberse acreditado que
titular de acción
ejecutiva
sea el Fisco
3.
Crédito con aval del Estado se encuentra prescrito ya que acción ejercida por
banco es cambiara sin
que
existan cuotas
4.
No se configura prescripción de deuda por crédito con aval del Estado ya que no
es posible entender
que
determinación expresa de imprescriptibilidad pueda ser soslayada aplicando Ley
No 18.092
5.
Para que opere imprescriptibilidad de crédito con aval del Estado es necesario
que el pago se haya
dividido
en cuotas de lo contrario prescribirá de acuerdo a las normas generales
6.
Crédito con aval del Estado que debe ser pagado en dos pagarés no es
imprescriptible
7.
Crédito con aval del Estado es prescriptible en un año ya que no se trata de un
cobro a través de
cuotas
sino a uno de fecha única y determinada
TERCERA
PARTE
PRESCRIPCIÓN
DE LA ACCIÓN INDEMNIZATORIA POR RESPONSABILIDAD
EXTRACONTRACTUAL
1.
Oportunidad desde que se cuenta plazo de prescripción de acción indemnizatoria
por responsabilidad
extracontractual
2.
Suspensión de la prescripción de acción civil por responsabilidad
extracontractual
3.
Prescriptibilidad de acción indemnizatoria civil por delito de lesa humanidad
3.1.
La acción civil emanada de un ilícito penal de lesa humanidad no es
prescriptible
3.2.
Acción indemnizatoria contra el Estado por acto ilícito de sus agentes se
encuentra prescrita en
virtud
del artículo 2332 del Código Civil aun si se contara plazo desde que país
volvió a normalidad
democrática
4.
Pueden reclamarse perjuicios acaecidos con posterioridad a aquella fecha en la
que se declara prescrita
la
acción indemnizatoria si siguen generándose
5.
Prescripción de hecho ilícito civil falta servicio estatal
5.1.
Cómputo de plazo de prescripción de acción indemnizatoria por falta de servicio
estatal
5.2.
Hecho ilícito de municipalidad en proceso de licitación anulado por Tribunal de
Contratación Pública.
Cómputo
de plazo de prescripción. Interrupción
5.3.
Plazo de prescripción de acción indemnizatoria por negligencia médica se
suspende desde la fecha de
interposición
de reclamo ante la Superintendencia de Salud y no desde la citación de las
partes
6.
Interrupción de prescripción de acción indemnizatoria civil por actuaciones en
juicio penal
CUARTA
PARTE
PRESCRIPCIÓN
DE OTRAS ACCIONES
I.
Prescripción de acción ejecutiva de cobro de patente municipal
1.
Plazo de prescripción de cobro de patentes municipales es de tres años
2.
Prescripción de patente comercial se computa desde el vencimiento de plazo de cada
cuota
3.
No se configura prescripción de patente municipal ya que no corresponde iniciar
cómputo de plazo si
obligación
no ha sido exigible
4.
Prescripción de cuotas de patente municipal
II.
Prescripción de acción e cobro de derechos municipales
1.
Plazo de prescripción de acción de cobro de derechos municipales impagos por
ocupación de bien
nacional
de uso público
2.
Plazo de prescripción de cobro de derechos de aseo municipal
2.1.
Plazo de prescripción general ya que no se trata de impuestos
2.2.
Servicios de aseo municipal son tributos y por lo tanto prescriben en tres años
III.
Prescripción de cobro de honorarios y servicios profesionales
1.
Prescripción de corto tiempo de art. 2522 del Código Civil es aplicable a
proveedores y artesanos que
despachan
al menudeo
2.
Prescripción de cobro de honorarios inicia cuando se haya puesto término al
referido contrato
3.
Plazo de prescripción de cobro de deuda por servicios profesionales. Concepto
de “profesión liberal”
4.
Se produce interrupción de prescripción de honorarios al interponer demanda de
cobro no siendo
necesaria
su notificación para estos efectos
5.
Plazo de prescripción de dos años de la acción de cobro de servicios de
corretaje de propiedades
IV.
Prescripción de multas
1.
Plazo de prescripción de acción de cobro de sanción administrativa es el del
artículo 2515 del Código
Civil
2.
Plazo de prescripción de cobro de multa sanitaria es de cinco años
3.
Plazo de prescripción para cobro de multa impuesta por Juzgado de Policía Local
por infracción a
normativa
forestal
V.
Prescripción de acción de cobro de impuestos
1.
Plazo de prescripción de acción de cobro de impuestos es de tres años
2.
Prescripción de acción de cobro de impuestos. Oportunidad del requerimiento de
pago
3.
Prescripción de acción de cobro de impuestos no puede demandarse vía acción si
contribuyente no
opuso
excepciones oportunamente
4.
Deudor pierde oportunidad de alegar prescripción si no la interpone en tiempo
dentro de
procedimiento
de cobro de impuestos ante Tesorería
QUINTA
PARTE
INTERRUPCIÓN
DE LA PRESCRIPCIÓN
1.
Interrupción civil y natural de la prescripción
2.
Sentido y alcance de expresión “demanda judicial” en interrupción civil de la
prescripción
3.
¿Interrupción de la prescripción se produce con notificación válida de la
demanda?
3.1.
Criterio de Primera Sala de la Corte Suprema
3.2.
Criterio de la Tercera Sala
4.
Demanda presentada ante tribunal incompetente interrumpe la prescripción
5.
Acción pauliana puede quedar encuadrada dentro del concepto “demanda judicial”
para interrumpir la
prescripción
6.
Querella penal no se asimila a demanda para producir efecto interruptivo
7.
Notificación de demanda en causa anterior terminada por acogimiento de
excepción dilatoria tiene
efecto
interruptivo de la prescripción extintiva
8.
Acuerdo reparatorio en sede penal no interrumpe prescripción de acción civil
respecto de los demás
responsables
del delito
9.
Interrupción de la prescripción por gestión preparatoria
10.
Alcance de la expresión “sentencia de absolución” en hipótesis de interrupción
de la prescripción
11.
Interrupción de la prescripción de acciones de corto tiempo
12.
Interrupción natural de la prescripción
13.
Notificación judicial de cobro de pagaré interrumpe prescripción respecto del
tercer poseedor de la
finca
hipotecada
14.
Notificación de demanda en juicio declarado abandonado no interrumpe la
prescripción
15.
Prescripción no se entiende interrumpida si ya transcurrió todo el plazo
establecido por la ley
16.
Interrupción de prescripción de acción de cobro es personal respecto de
aquellos deudores cambiarios
a
quienes se haya notificado la demanda
17.
No se interrumpe la prescripción respecto de los codeudores solidarios si a uno
de ellos se le notifica
una
acción civil diversa
18.
Notificación de demanda a deudor principal interrumpe prescripción de acción de
cobro y acción
hipotecaria
al ser ésta accesoria a la principal
19.
Concesión de plazo por el acreedor interrumpe la prescripción de la acción de
indemnización de
perjuicios
20.
Interrupción de prescripción conforme Ley No 21.226
20.1.
Habiéndose presentado la demanda al amparo del citado 8 de la Ley No 21.226
ésta interrumpe el
cómputo
de la prescripción que pudo beneficiar al deudor
20.2.
No se configura interrupción de la prescripción por demanda presentada antes de
inicio de vigencia
de
Ley No 21.226
SEXTA
PARTE
SUSPENSIÓN
DE LA PRESCRIPCIÓN
1.
Suspensión prescripción acción ejecutiva. Incapacidad relativa
2.
¿Se suspende plazo de prescripción de acción civil por responsabilidad
extracontractual no se suspende
por
considerarse de corto plazo?
3.
Para calcular tiempo de suspensión de prescripción por mediación ante Consejo
de Defensa del Estado
debe
indicarse claramente cuál fue su duración
SÉPTIMA
PARTE
RENUNCIA
A LA PRESCRIPCIÓN