LOS BIENES. LA PROPIEDAD Y OTROS DERECHOS REALES

LOS BIENES. LA PROPIEDAD Y OTROS DERECHOS REALES

Autor : Daniel Peñailillo Arévalo
Edición : 2da. Edición - Julio 2019
Formato : 1 Tomo - 1.680 Páginas - Empastado
ISBN : 978-956-400-023-7
Editorial : Thomson Reuters

DESCRIPCIÓN:

La obra es un estudio general del Derecho de cosas, que comprende los conceptos fundamentales de cosa y bien, las principales clasificaciones, la teoría general de los derechos reales, el derecho de propiedad y los modos de adquirirla, los principales derechos reales limitados de goce y las acciones protectoras.

En cuanto al contenido, además de ser tratados los capítulos tradicionales de la disciplina (los recién mencionados), hay otros que merecen ser destacados.
a.- Las nuevas influencias que ha venido recibiendo el derecho de propiedad por vía de las preocupaciones ambientales, por el conservacionismo cultural, por el desarrollo urbanismo y consideraciones antropológicas (como los reclamos por protección de lugares considerados sagrados debido a prácticas de origen étnico), quedando así muy ampliada la conocida función social de la propiedad.

b.- Las bases para una teoría general de los derechos reales, incluyendo el problema de la disyuntiva entre reserva legal o libertad de creación, el debate doctrinario por las diferencias entre derechos reales y personales y las figuras intermedias que oscurecen o diluyen aquella distinción).

c.- El Registro inmobiliario, que tiene un examen extendido, con la denuncia de sus defectos (como las inscripciones paralelas, las inscripciones de papel, la incongruencia entre la realidad predial y la descripción en el registro) y las bases para su necesaria reforma, en la que destacan, ciertamente, la introducción del folio real y la constancia electrónica.

d.- Las bases para una teoría general de los derechos reales restringidos, con los varios problemas que plantea (como la prioridad entre ellos y las modificaciones convencionales a los tipos legales sobre todo en un ordenamiento de reserva legal para su creación.

e.- Entre los derechos reales restringidos de goce (los de garantía quedan entregados a la disciplina de los contratos) está incluido el recientemente creado en el Derecho chileno (el de conservación ambiental) y el derecho real de superficie (hasta ahora no acogido en Chile), con propuestas de contenido para su recepción.

f.- En las modalidades del dominio, a propósito de nuestro fideicomiso es incorporado el negocio fiduciario (con su dilatado debate en la doctrina, sobre todo italiana y española) con su eventual propiedad desdoblada, la relación con el trust anglosajón y la fiducia de nuestro sistema, con su advenimiento al Derecho chileno.

g.- La seguridad del tráfico, que atraviesa muchos capítulos, es especialmente abordada: al evaluar los varios sistemas de transferencia de bienes conocidos en el Derecho comparado, y al observarla presidiendo las restricciones a la acción reivindicatoria en las situaciones de ineficacia del título traslaticio (por la fe pública registral y por la vieja regla de que “en bienes muebles la posesión equivale a título,” tan diseminada en Europa y Latinoamérica aunque –según es aquí estimado– no acogida en el Derecho chileno).

En cuanto al método y las características expositivas, en cada institución habitualmente son incorporados la historia y el Derecho comparado. En la primera con frecuencia es formulada una reducida síntesis con remisión a estudios especializados –que hay muchos y de fácil acceso– para evitar repeticiones. El segundo es recogido en sus proposiciones doctrinarias, en los códigos civiles más recientes y en decisiones jurisprudenciales por alguna explicación conmovedoras; el ámbito territorial cubierto, por razón del sistema es ciertamente el de Europa occidental y Latinoamérica, pero acudiendo a soluciones del Common Lawcuando es percibida su bondad.

En cada institución con frecuencia es enunciada la evolución histórica, el estado actual y la estructura en sus rasgos más universalmente aceptados, verificando su recepción en los códigos civiles antiguos y recientes, para desembocar en el Derecho chileno con la exposición de las tres fuentes, su crítica y eventualmente alguna proposición de enmienda.

En el examen de los códigos, en muchos capítulos es perceptible el cambio entre los del siglo XIX y los de los siglos XX y XXI, tanto en el método como en el contenido normativo.

En el acopio de las fuentes no es despreciada la doctrina calificada de antigua y la jurisprudencia superada; la primera porque constituye el cimiento de la evolución o sus proposiciones persisten debido a su calidad, y la segunda porque un certero pronunciamiento abandonado suele reaparecer, a veces en forma de sorpresivo vuelco. En todo caso, la casuística es convocada con frecuencia para averiguar la calidad de propuestas teóricas mediante su puesta en obra.

En la mayoría de los capítulos fueron dejándose perfilados vectores que, unidos a la bibliografía añadida, dejan conformadas líneas de trabajo futuro: para nuevas investigaciones que generen otras concepciones, más alternativas de regulación o potenciales conexiones que enriquezcan la dogmática.

Los numerosos y a veces extensos llamados al pie de página configuran las habituales citas, referencias y notas. En cuanto a las referencias, de las muchas las hay internas (la conexión del tema con otros pasajes del estudio, pretéritos o por venir) y externas (que endilgan al lector, concretando así la sugerencia de posteriores incursiones que puedan ser emprendidas según antes fue anunciado). Y las notas profundizan segmentos del discurso evitando la interrupción del cuerpo, ofreciendo más datos del entorno, ilustraciones con episodios hipotéticos o reales, críticas, y aun conjeturas a compartir con el lector.”

PRIMERA PARTE
CONCEPTOS FUNDAMENTALES Y CLASIFICACIONES

CAPÍTULO I
CONCEPTOS FUNDAMENTALES

1.- Referencia al plan

1 bis.- Denominación
2.- Límites
3.- Función
3 bis.- Relación con la economía. La empresa
3 ter.- Relación con el Derecho administrativo y el Derecho ambiental
3 quáter.- Relación con la contratación y la responsabilidad
4.- Las nociones de cosa y bien. La dispersión conceptual. Las cosas materiales
4 bis.- La expansión. A.- Las cosas inmateriales. B.- Los derechos como cosas (remisión). C.- Otras cosas inmateriales. Las producciones del talento o del ingenio
4 ter.- Las características de la cosa. A.- La relevancia jurídica. B.- La utilidad; el problema de la patrimonialidad de la cosa. C.- La individualidad; sustantividad o autonomía de la cosa. D.- La apropiabilidad
4 quáter.- La actitud legislativa frente a los conceptos. A.- En las legislaciones extranjeras. B.- En el Derecho chileno
5.- Las energías como cosas
6.- El cuerpo humano como cosa. A.- La doctrina. B.- Las legislaciones. C.- El Derecho chileno. D.- Conclusiones de las proposiciones doctrinarias y decisiones legislativas. E.- Conclusiones sobre el cuerpo humano como cosa
7.- Los animales como cosas
8.- Cosa y objeto de derecho
9.- Continua expansión de los conceptos
10.- Conceptos primarios
10 bis.- Legislación. A.- Los textos legales en el Derecho chileno. B.- La naturaleza de las normas sobre la propiedad y los demás derechos reales. C.- El cambio legislativo en derechos reales
10 ter.- El principio de la “libre circulación de la riqueza”. A.- Libre apropiabilidad de los bienes. B.- Libre circulación de la riqueza. C.- Protección a la propiedad privada
10 quáter.- Principales problemas en el Derecho chileno. A.- Inventario y temas influyentes. B.- Los dos principales: el tráfico inmobiliario (el Registro, la tradición y la posesión) y el ensamble entre la legislación y la norma constitucional

CAPÍTULO II
CLASIFICACIONES

11.- Advertencia
1) Bienes corporales e incorporales
12.- Conceptos. La cosificación y propietarización de los derechos
13.- Vicisitudes de la clasificación. A.- El origen. B.- La exclusión del dominio. C.- Su objeción. D.- El Derecho comparado. E.- El Derecho chileno
14.- Aplicación
15.- Bienes incorporales
16.- La subclasificación
17.- El derecho real. Teoría general. A.- El origen. B.- La concepción clásica o dualista. C.- El debate y las nuevas proposiciones
17 bis.- Derechos híbridos y de dudosa calificación. A.- La obligación propter rem. B.- La carga real. C.- El derecho real in faciendo. D.- El ius ad rem. E.- Los derechos de adquisición. F.- Otros (el derecho del arrendatario en el arrendamiento inscrito, el derecho de retención, etc.). G.- Las particularidades de los derechos reales de garantía. H.- El acto de trascendencia real. I.- Corolario
17 ter.- La recepción en el Derecho chileno
17 quáter.- La reserva legal en los derechos reales (numerus clausus o numerus apertus). A.- La discusión. B.- Referencia histórica y Derecho comparado. C.- El Derecho chileno. D.- El problema de la intensidad de la reserva (tipicidad legal de contenido; las modificaciones voluntarias)
18.- El derecho personal
19.- La acción
20.- Los derechos y acciones pueden ser muebles o inmuebles
21.- Las clasificaciones siguientes se refieren directamente a las cosas corporales
2) Muebles e inmuebles
22.- Formulación
23.- Aplicación
24.- A. Bienes muebles
25.- B. Bienes inmuebles
26.- Inmuebles (predios) rústicos y no rústicos; urbanos y rurales
26 bis.- La identificación
3) Bienes medios de producción y bienes de consumo
27.- Conceptos
4) Bienes consumibles y no consumibles
28.- Conceptos
5) Bienes fungibles y no fungibles
29.- Conceptos
30.- Consumibilidad y fungibilidad
31.- Fungibilidad subjetiva
6) Bienes principales y accesorios
32.- Conceptos
33.- Clases de cosas accesorias
7) Bienes divisibles e indivisibles
34.- Conceptos
8) Bienes singulares y universales
35.- Conceptos
36.- Las universalidades
37.- Universalidad de hecho (universitas facti)
38.- Universalidad de Derecho (universitas iuris)
39.- Confrontación
39 bis.- La legislación
9) Bienes simples y compuestos
40.- Conceptos
10) Bienes presentes y futuros
41.- Conceptos
11) Bienes comerciables e incomerciables

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