LA SIMULACIÓN DE CONTRATO EN EL CÓDIGO CIVIL CHILENO

LA SIMULACIÓN DE CONTRATO EN EL CÓDIGO CIVIL CHILENO

Autor : Raúl Díez Duarte

Edición : 3ra Edición - Marzo 2014

Formato : 1 Tomo - 339 Páginas

ISBN : 978-956-286-164-9

Editorial : Metropolitana

 

Descripción

 

Obra clásica de nuestra literatura jurídica del autor don Raúl Díez Duarte, en su tercera edición, actualizada por el doctor en derecho, señor Sergio Peña Neira.

El tema en relación a la actualización del presente volumen se ha llevado a efecto de la siguiente manera:

1.- Los Artículos citados en el texto han sido revisados uno a uno. Si hubiere alguna actualización, se ha indicado así en el pie de cada página, y se ha señalado

cómo se ha efectuado tal modificación con un breve comentario acerca de ella y del sentido y alcance de lo expresado por el autor. Esto se efectuó conforme a:

Decreto con Fuerza de Ley número 1 a 30 de mayo de 2000, que contiene el texto refundido, coordinado y sistematizado del “Código Civil” chileno, actualizado

con la última modificación de la ley 20.190, publicada en el Diario Oficial de 05 de junio de 2007 y que contiene una serie de normas complementarias al

Código Civil.

2.- Se ha organizado la jurisprudencia por tema, además de acopiarse gran cantidad de fallos actualizados con respecto al texto original, y así se ha puesto a

pie de cada página aquella jurisprudencia que apoya, como la que se opone a la opinión expuesta en el texto. Hemos sido especialmente cuidadosos a fin de

evitar las citas extensas, pero manteniendo el sentido expresado por el señor Díez Duarte. Es así como de las 381 citas a pie de página originales, se aumentó

a 520 en esta nueva edición.

3.- Se incorpora, mediante citas a pie de página, algunas opiniones de autores que han desarrollado el tema de la simulación y que resultan importantes para el

texto con los comentarios correspondientes en cada caso.

PRIMERA PARTE

FUNDAMENTO DE LA SIMULACIÓN DE LOS ACTOS JURÍDICOS

CAPÍTULO PRIMERO

INTRODUCCIÓN

1. La simulación de contrato en el Código Civil chileno

2. Voluntariedad

3. Teoría de la voluntad

4. Teoría de la declaración de la voluntad

5. Crítica a ambas doctrinas

6. Legislación y jurisprudencias chilenas

7. Necesidad de atenuar las rigorosas consecuencias del sistema subjetivo en perjuicios de terceros

8. Doble método de amparar los intereses de terceros

9. Analogía entre simulación e inoponibilidad por falta de publicidad

10. Nuestro artículo 1707 contempla este doble amparo a favor de terceros

11. El artículo 1707 concede un derecho alternativo en favor de terceros

CAPÍTULO SEGUNDO

DE LA RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL QUE INCIDE EN LA SIMULACIÓN DE CONTRATO

12. Generalidades

13. La voluntad declarada no corresponde a la voluntad real cuando es simulada

14. La simulación no es vicio del consentimiento

15. Su simulación con el dolo tampoco es procedente

16. La simulación no es causal de nulidad

17. Licitud de la simulación

18. Nuestra legislación civil positiva reconoce la facultad de manifestar consentimiento en forma simulada

19. Limite a licitud de la simulación

20. Naturaleza jurídica de la simulación

21. La simulación es, respecto de las partes, en todo caso un vínculo contractual

22. Naturaleza jurídica de la simulación de contrato en nuestra legislación civil

23. La simulación sólo incide en los actos jurídicos

24. En la simulación de convenciones reales, no hay excepción a este principio

25. Breves consideraciones sobre el artículo 1443 del Código Civil

26. Causal de nulidad que envuelve una convención real simulada

27. Formas de simular convenciones reales

CAPÍTULO TERCERO

CORRELACIÓN E INTERDEPENDENCIA ENTRE SIMULACIÓN E INOPONIBILIDAD, COMO INSTITUCIONES JURÍDICAS QUE AMPARAN DERECHOS

DE TERCEROS

28. Concepto de inoponibilidad

29. Clasificación de la inoponibilidad según Daniel Bastián

30. Clasificación de la simulación ilícita, según la clasificación de la inoponibilidad de Bastián

31. El artículo 1707 contempla dos clases de inoponibilidad

32. El artículo 1707 contempla, en todo caso, una inoponibilidad por clandestinidad

SEGUNDA PARTE

LA SIMULACIÓN DE LOS ACTOS JURÍDICOS

CAPÍTULO PRIMERO

CONCEPTO JURÍDICO DE SIMULACIÓN

33. Nuestro legislador no la define; tampoco da un concepto. Sólo la menciona

34. Etimológica

35. Concepto Jurídico

36. Requisitos de la simulación

37. Cuestión de hecho

38. Unidad de declaración en la simulación

39. Simulación y fraude pauliano

40. Simulación y falta de autenticidad

41. El artículo 429 del Código de Procedimiento Civil es tres veces excepcional

42. Actos jurídicos no susceptibles de simulación

CAPÍTULO SEGUNDO

ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE EL ARTÍCULO 1707 DEL CÓDIGO CIVIL

1. DE LA CONTRAESCRITURA

43. Concepto de contraescritura

44. Requisitos de la contraescritura

45. Clandestinidad, requisito esencial de la contraescritura

46. Cuestión de hecho

47. Cuestión de derecho

48. La escritura y la contraescritura no necesitan ser simultáneas

49. Concepto de contraescritura en el Código Civil chileno y en el Código Civil francés

50. Teoría de Arturo Alessandri Rodríguez

51. Teoría de Luis Claro Solar

52. La simulación no requiere siempre contraescritura

53. Efectos de la carencia de contraescritura

54. Forma de la contraescritura

55. La escritura propiamente tal como la contraescritura puede se instrumento público o privado

56. La contraescritura puede ser instrumento público y aún escritura pública

57. Posibilidad de disimular actos jurídicos solemnes

58. Posibilidad de disimular actos o contratos que deben inscribirse en el Conservador de Bienes Raíces

2. CONCEPTO DE PARTE Y CONCEPTO DE TERCEROS

59. Importancia de precisar el concepto de parte y de terceros

60. Concepto de parte

61. Concepto de terceros

62. Situación de los herederos de las partes

63. Opinión de Ferrara

64. Nuestra opinión

CAPÍTULO TERCERO

CLASIFICACIÓN DE LA SIMULACIÓN DE LOS ACTOS JURÍDICOS

1. SIMULACIÓN LÍCITA E ILÍCITA

65. Concepto de simulación lícita

66. La simulación lícita es una forma de manifestar consentimiento

67. La simulación lícita es fuente de responsabilidad contractual

68. Concepto de simulación ilícita

69. Daño a terceros, requisito esencial de la simulación ilícita

70. La simulación ilícita es fuente de responsabilidad contractual y extracontractual

71. Fundamento jurídico de la simulación ilícita

2. SIMULACIÓN ABSOLUTA Y SIMULACIÓN RELATIVA

72. Concepto de simulación absoluta

73. Fundamento jurídico de la teoría de la simulación absoluta

74. La convención absolutamente simulada adolece de ausencia total de consentimiento

75. La simulación absoluta es el antecedente de una nulidad absoluta por falta de consentimiento

76. La simulación absoluta envuelve siempre una nulidad absoluta

77. Diferencia, en este sentido, con la simulación relativa

78. Carácter en general fraudulento de la simulación absoluta

79. Formas de simulación absoluta ilícita o fraudulenta

80. Concepto de simulación relativa

81. Fundamento jurídico de la teoría de la simulación relativa

82. La simulación relativa puede ser antecedente de una nulidad

83. Independencia entre el vínculo simulado y el disimulado

84. La simulación relativa concede dos acciones a favor de las partes

85. La convención o contrato disimulado debe cumplir con las solemnidades que la ley exige en consideración a su naturaleza y con las formalidades que la ley

exige en consideración al estado o calidad de las personas que intervienen en su celebración

86. El vínculo relativamente simulado o disimulado no requiere las formalidades propias del aparente

87. Clases de simulación relativa

88. Simulación de la naturaleza jurídica de la convención realmente celebrada

89. Simulación relativa entre cónyuges

90. Simulación en el contenido de la convención o contrato

91. Simulación en los sujetos de la convención

CAPÍTULO CUARTO

INTERPOSICIÓN DE PERSONAS

92. Concepto de interposición de persona

93. Definición

94. Concierto entre partes y terceros, requisito esencial de la interposición de personas. El artículo 1796 y la interposición de personas entre cónyuges.

Jurisprudencia

95. Diferencia entre interposición de persona y mandato a nombre propio

96. La interposición de personas puede ser lícita e ilícita

97. Concepto restringido de interposición de persona

98. Cuestión de hecho

99. El Código Civil no ha señalado quiénes son personas interpuestas

CAPÍTULO QUINTO

FUNDAMENTO JURÍDICO DEL CONSENTIMIENTO SIMULADO

100. Validez del vínculo jurídico simulado

101. Teoría de la inexistencia jurídica del acto simulado por adolecer de ausencia total de causa

102. Crítica

103. Breves consideraciones sobre la causa en nuestro Código Civil

104. Conclusión

105. Jurisprudencia

CAPÍTULO SEXTO

EFECTOS DE LA SIMULACIÓN DE CONTRATO Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN DE SIMULACIÓN

1. EFECTO RESPECTO DE LAS PARTES

106. Generalidades

107. Efecto entre las partes

108. Concepto de parte

109. Situación de los sucesores a título universal

110. Simulación absoluta

111. La simulación absoluta envuelve una nulidad absoluta por ausencia de consentimiento

112. El artículo 1683 del Código Civil no se refiere a la nulidad absoluta por ausencia de consentimiento. Doctrina y Jurisprudencia

113. Simulación relativa

114. La simulación relativa no envuelve siempre una nulidad

115. La simulación relativa puede ser el antecedente de una nulidad tanto absoluta como relativa

116. Requisitos y formalidades del vínculo oculto

117. Requisitos y formalidades del vínculo ostensible

118. Interposición de personas

2. EFECTOS RESPECTO DE TERCEROS

119. Generalidades

120. Relaciones de las partes con terceros

121. La simulación no puede ser invocada por las partes contra terceros de buena fe

122. La simulación puede ser invocada por las partes contra terceros de mala fe

123. Apreciación de la buena o mala fe del tercero

124. El concepto de buena fe y su reglamentación que contemplan los artículos 702, 706 y 707 del Código Civil es de interpretación general

125. Todo tercero puede beneficiarse con la simulación

126. Relaciones entre terceros

127. Posibilidad de un tercero de buena fe para oponer la simulación contra otro tercero de buena fe

128. Imposibilidad de un tercero de mala fe para oponer la simulación contra un tercero de buena fe

129. Imposibilidad de reemplazar la publicidad de la doble toma de razón por otra o por la prueba del conocimiento real de los terceros

CAPÍTULO SEPTIMO

PRUEBA DE LA SIMULACIÓN DE LOS ACTOS JURÍDICOS

130. Importancia teórica y práctica del estudio de la prueba de la simulación

131. El onus probandi o peso o carga de la prueba de la simulación

132. Prueba de simulación por las partes y sus herederos

133. La limitación a la prueba testimonial que señala el artículo 1709 del Código Civil. Análisis lógico y gramatical del artículo 1438

134. La contraescritura puede exigirse ad solemnitatem o ad probantionem

135. Sucesores a título universal

136. Prueba de la simulación por terceros

137. La simulación puede probarse por presunciones judiciales

138. Las presunciones como medio probatorio

139. Clasificación de las presunciones

140. Presunciones judiciales

141. La apreciación de los requisitos de gravedad, precisión y concordancia es una cuestión de hecho

142. Antecedentes de la prueba. Concepto Teórico de causa simulando

143. Presunciones judiciales comunes a toda simulación

144. Simulación absoluta

145. Simulación relativa

146. Interposición de personas

147. Complejidad del problema

CAPÍTULO OCTAVO

DE LA ACCIÓN DE SIMULACIÓN DE CONTRATO

1. GENERALIDADES

148. Objeto de la acción de simulación

149. Necesidad de una resolución judicial que declare la simulación

150. La demanda debe deducirse contra todas las partes que intervienen en la simulación

151. Posibilidad de alegar la simulación como acción o como excepción

152. Efectos relativos de la declaración de simulación

153. Naturaleza jurídica de la acción de simulación

154. Interés jurídico, condición de ejercicio de la acción de simulación

155. Es suficiente la simple amenaza de experimentar un perjuicio

156. El perjuicio debe referirse a un derecho propio

157. El derecho debe ser actual

158. Derecho de los acreedores posteriores a la celebración de la convención simulada para interponer la acción

159. Innecesidad de acreditar el consilium fraudes

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