TRIBUTACIÓN DE LOS PROFESIONALES INDEPENDIENTES Y DE LAS SOCIEDADES DE PROFESIONALES

TRIBUTACIÓN DE LOS PROFESIONALES INDEPENDIENTES Y DE LAS SOCIEDADES DE PROFESIONALES

Autor : Gonzalo Araya Ibáñez
Edición : 2da Edición - Septiembre 2023
Formato : 1 Tomo - 336 Páginas (Papel + Digital)
ISBN : 978-956-400-386-3
Editorial : Thomson Reuters

 

Descripción

 

En esta obra se aborda la tributación de quienes ejercen de forma independiente una profesión u ocupación lucrativa,

en que predomine el esfuerzo personal por sobre el uso de bienes de capital.

Los ingresos obtenidos por estos contribuyentes, que se clasifican en la segunda categoría de la Ley de la Renta,

deben satisfacer el impuesto global complementario o el adicional, según corresponda, conforme así lo establece el

artículo 42, N°2 de dicho cuerpo legal.

Se analizan especialmente en esta obra las distintas rentas comprendidas en el señalado N°2 del artículo 42, entre las

que destacan las obtenidas por las sociedades de profesionales que se dediquen exclusivamente a prestar servicios o

asesorías profesionales por intermedio de sus socios o asociados.

Asimismo, se dedica gran atención a la determinación de la renta líquida imponible de los contribuyentes de que se

trata, sea que se calcule a través de gastos efectivos o presuntos.

Es importante señalar que, en los análisis y comentarios referidos, se ha dado especial relevancia a las instrucciones y

dictámenes impartidos por el SII para la aplicación de las normas que regula la imposición de los trabajadores

independientes.

CAPÍTULO 1

IMPOSICIÓN A QUE ESTÁN SOMETIDAS LAS RENTAS DEL TRABAJO NO DEPENDIENTE

1. Consideraciones previas

2. Situación de los chilenos residentes en el extranjero afectos al impuesto de segunda categoría

2.1. Instrucciones del SII sobre los conceptos de residencia y domicilio. Pérdida de residencia y domicilio

2.2. Caso de pérdida de residencia y domicilio

2.3. Declaración Jurada aviso de permanencia en Chile

2.4. Normas que pueden gravar con impuesto adicional las remuneraciones obtenidas por los profesionales y otros

trabajadores independientes

3. Impuesto adicional aplicable hasta el 31.12.12 a los chilenos residentes o domiciliados en el extranjero por las

remuneraciones afectas a segunda categoría

3.1. Requisitos y presupuestos de aplicación del ex artículo 61

3.2. Base imponible de este gravamen

3.3. Declaración y pago del impuesto adicional

7.2. Imputación de las retenciones de impuesto y de los pagos provisionales

8. Rentas exentas del ex impuesto cedular de segunda categoría

8.1. Rentas anuales de monto no superior a 10 unidades tributarias anuales

8.2. Rentas percibidas por equipos, deportistas, técnicos, asesores y dirigentes deportivos extranjeros por su

participación en torneos realizados en Chile

8.3. Rentas percibidas por sus actuaciones en Chile por artistas chilenos que residan en el extranjero

8.4. Rentas percibidas por residentes en la provincia de Isla de Pascua

8.5. Rentas exoneradas de este tributo por encontrarse afectas al impuesto adicional

CAPÍTULO 2

ANÁLISIS CASUÍSTICO DE LAS RENTAS COMPRENDIDAS EN EL NÚMERO 2O DEL ARTÍCULO 42

1. Enunciación de las rentas comprendidas en esta disposición

2. Rentas provenientes del ejercicio independiente de una profesión

3. Situación de los laboratorios clínicos explotados por profesionales individualmente o en forma colectiva

4. Situaciones especiales

4.1. Comunidades de profesionales

4.2. Sociedades de hecho

4.3. Grupos de profesionales que trabajan particularmente a base de un fondo común

5. Rentas de los auxiliares de la administración de justicia

6. Renta de los corredores

7. Situación de los corredores de bolsa

8. Rentas obtenidas por personas que desarrollan una ocupación lucrativa

8.1. Requisitos que deben concurrir para que proceda su clasificación en la segunda categoría

8.2. Catálogo de las actividades más comunes afectas a esta calificación

8.3. Situación particular de los trabajadores de artes y espectáculos

9. Tributación de las participaciones y asignaciones de los directores o consejeros de sociedades anónimas

9.1. Retención del impuesto que afecta a estas rentas

10. Pronunciamientos del Servicio de Impuestos Internos sobre otras rentas comprendidas en el No 2 del artículo 42

10.1. Tributación de los prácticos de puertos y canales

10.2. Situación tributaria de comisiones pagadas por un banco a sus empleados por encargo de su mandante, un

grupo financiero, y reembolsadas al mandatario

10.3. Situación tributaria de las sumas pagadas por concepto de traslación y viáticos a profesionales contratados a

honorarios por la Administración Pública

10.4. Tratamiento tributario aplicable a las asignaciones de movilización y colación entregadas a un estudiante en

práctica

10.5. Dietas pagadas a directores de una empresa portuaria

CAPÍTULO 3

RENTAS PERCIBIDAS POR LAS SOCIEDADES DE PROFESIONALES

1. Comentarios previos

2. Rentas de sociedades de profesionales

3. Requisitos que deben cumplir las sociedades de profesionales para ser calificadas como tales

3.1. Exigencia de que se trate de sociedades de personas

3.2. Algunas precisiones respecto de las profesiones de los socios

4. Tributación de las sociedades de profesionales en la segunda categoría. Determinación de la renta líquida imponible

4.1. Determinación del monto de los ingresos brutos anuales

4.2. Deducción de los gastos efectivos

4.3. Retención del impuesto

4.4. Documentos tributarios que deben emitir estos contribuyentes

5. Opción de las sociedades de profesionales de declarar y tributar en la primera categoría

5.1. Ejercicio de la opción de tributar en primera categoría

5.2. Carácter irreversible de la opción

5.3. Documentos tributarios que deben emitir estos contribuyentes

5.4. Contribuyentes que se reorganicen para tributar como sociedad de profesionales

5.5. Procedimiento para el registro de las sociedades de profesionales

6. Dictámenes de la Dirección Nacional del SII sobre la materia

6.1. Sueldo patronal en caso de sociedades de profesionales que tributan de acuerdo con las normas de la primera

categoría

6.2. Sociedad por acciones que se transforma en sociedad de responsabilidad limitada

6.3. Calificación de una compañía como sociedad de profesionales

6.4. Exclusividad en la prestación de servicios de los socios de una sociedad de profesionales

6.5. Participación en una sociedad de profesionales asignada a la contabilidad del empresario individual

6.6. Requisitos para tributar como sociedad de profesionales relacionados al objeto social

6.7. Tributación y documentos que deben emitir las sociedades de profesionales

6.8. Una sociedad de hecho no califica como sociedad de profesionales

1. Generalidades

2. Determinación del monto de los ingresos brutos anuales

3. Concepto de ingresos percibidos

4. Deducción de los gastos efectivos

4.1. Normas que regulan la deducción de los gastos efectivos

4.2. Requisitos que deben concurrir para la aceptación de su rebaja

5. Análisis casuístico de los principales rubros de rebajas

5.1. Intereses

5.2. Impuestos y contribuciones

5.3. Pérdidas

5.4. Créditos incobrables

5.5. Depreciaciones

5.6. Sueldos, salarios y otras remuneraciones

5.7. Gastos de representación

5.8. Donaciones

5.9. Gastos por concepto de cursos de capacitación, perfeccionamiento u otros

5.10. Cuotas a colegios profesionales, sociedades científicas o a otras entidades que agrupan a los profesionales

5.11. Adquisición de revistas, libros y material de consulta

5.12. Reajustes y diferencias de cambio provenientes de créditos o préstamos

5.13. Gastos de organización y puesta en marcha

5.14. Arriendos en general

5.15. Gastos originados por vehículos motorizados

6. Situación de las imposiciones previsionales

6.1. Obligación de cotizar de los trabajadores independientes

6.2. Gradualidad en la aplicación de esta obligación

6.3. Obligación de cotizar de acuerdo con la ley No 21.133 de 2019

6.4. Excepciones a la obligación de cotizar anualmente en el F22

7. Tratamiento de los gastos por asistencia a congresos realizados fuera del país

8. Deducción de gastos presuntos

8.1. Contribuyentes que pueden acogerse a esta modalidad

8.2. Alcances y operatoria

9. Corrección monetaria de las rentas de segunda categoría

9.1. Contribuyentes que declaran sus rentas en base a los gastos efectivos

9.2. Contribuyentes que declaran sus rentas en base a la presunción de gastos

9.3. Variaciones del IPC que deben considerarse para estos efectos

10. Reducción de la renta afecta a impuesto que beneficia a los contribuyentes comprendidos en el artículo 42, No 2,

de la ley de la renta radicados en las regiones favorecidas por el D.L. No 889, de 1975

11. Tratamiento de las utilidades obtenidas en la enajenación de bienes del activo inmovilizado realizada por

contribuyentes clasificados en la segunda categoría

12. Inversiones efectuadas al amparo del ex artículo 54 bis de la Ley de la Renta

13. Deducción de los depósitos de ahorro previsional voluntario y de las cotizaciones voluntarias a que se refiere el

párrafo 2 del Título III del D.L. No 3.500 de 1980

13.1. Conceptos que comprende el beneficio tributario por ahorro previsional

13.2. Regímenes tributarios que establece el artículo 42 bis para impetrar los beneficios impositivos por ahorro

previsional

13.3. Tratamiento tributario de los recursos originados en depósitos de APV o cotizaciones voluntarias, acogidos al

artículo 42 bis, No 1, que se hayan destinado a pólizas de seguro de vida, en caso de muerte del asegurado

13.4. Manifestación expresa de la voluntad de acogerse al sistema de ahorro a que se refiere el artículo 42 bis

13.5. Incompatibilidad de este sistema con el establecido en el ex artículo 57 bis de la Ley de la Renta

13.6. Régimen tributario de ahorro previsional establecido en el inciso segundo del artículo 42 bis de la Ley de la

Renta

13.7. Retiros efectuados con cargo a las cuentas de APV ordenados por el tribunal para el cobro de deudas de

pensiones de alimentos de acuerdo con la ley No 21.484 de 2022

13.8. Tratamiento tributario de los retiros de depósitos de APV

13.9. Retención por parte de las entidades que administran los APV

13.10. Información que las entidades administradoras deben proporcionar al SII

14. Deducción de los dividendos pagados por créditos con garantía hipotecaria

14.1. Monto a que asciende la deducción tributaria y límites máximos

14.2. Momento en que se genera el beneficio

14.3. Forma de hacer efectiva la rebaja en el caso de los contribuyentes del impuesto global complementario

14.4. Incompatibilidad de este beneficio con el establecido en el artículo 55 bis de la Ley de la Renta

14.5. Ejemplo práctico de aplicación de la rebaja en análisis

15. Deducción de los intereses provenientes de créditos con garantía hipotecaria

15.1. Monto del interés deducible

15.2. Procedimiento para hacer efectiva esta rebaja

15.3. Opción otorgada a los contribuyentes acogidos a la ley No 19.622 para impetrar esta franquicia

15.4. Ejemplo de aplicación de esta deducción

16. Deducción de las cuotas de fondos de inversión adquiridas antes del 4 de junio de 1993

16.1. Contribuyentes que pueden hacer uso de la rebaja en análisis

16.2. Inversiones en cuotas de fondos de inversión que dan derecho a la rebaja en análisis. Monto de la misma

16.3. Límite máximo hasta el cual procede la rebaja por inversiones en cuotas de fondos de inversión

17. Deducción por donaciones a entidades sin fines de lucro

17.1. Donantes

17.2. Fines de las donaciones

17.3. Donatarias

17.4. Obligaciones de las entidades donatarias

17.5. Beneficios de las donaciones a entidades sin fines de lucro

17.6. Donaciones provenientes del exterior

17.7. Acreditación de la donación para acceder a los beneficios tributarios

17.8. Donaciones de bienes corporales e incorporales y su valorización

17.9. Incompatibilidad de beneficios tributarios

CAPÍTULO 5

CRÉDITOS CONTRA EL IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO. CÁLCULO DEL IMPUESTO

1. Comentarios preliminares

2. Tasas del impuesto

3. Escala de tasas contenida en la letra b) del artículo 52 bis de la Ley de la Renta

4. Créditos contra el impuesto

5. Crédito proporcional por rentas exentas del impuesto global complementario

6. Crédito por impuesto de primera categoría

6.1. Contribuyentes que tienen derecho a este crédito

6.2. Monto del crédito

6.3. Crédito con obligación de restitución

6.4. Pago voluntario del impuesto de primera categoría para generar crédito

7. Créditos especiales contenidos en los números 4) y 5) del artículo 56

7.1. Crédito especial por los retiros o dividendos que excedan de 310 UTA

7.2. Crédito por impuesto territorial

8. Crédito por gastos en educación

8.1. Características del crédito por gastos en educación

8.2. Contribuyentes beneficiados

8.3. Requisitos para la procedencia del crédito

8.4. Monto del crédito

9. Crédito especial por donaciones con beneficios tributarios

9.1. Crédito especial por donaciones efectuadas a Universidades, Institutos Profesionales y Centros de Formación

Técnica

9.2. Crédito especial por las donaciones para fines culturales

9.3. Crédito especial por las donaciones para fines deportivos

9.4. Crédito especial por donaciones con fines sociales

9.5. Límite global absoluto

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