EL JUICIO DE CUENTAS - LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

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Autor : Carlos Hanssen Tallar
Edición : 2ª Edición - Mayo 2022
Formato : 1 Tomo - 228 Páginas
ISBN : 978-956-9050-30-5
Editorial : Ius Civile

 

Descripción

 

Tradicionalmente, se identifica la jurisdicción con la actividad que ejecuta el Poder Judicial. Sin embargo, debe aclararse que esa actividad, entendida asimismo como la facultad de conocer, juzgar y hacer ejecutar

lo juzgado, también puede ser desarrollada por órganos jurisdiccionales que no forman parte del Poder Judicial, y más aún, órganos que absolutamente independientes de dicho poder público, actúa con

prescindencia de toda otra autoridad.

La jurisdicción administrativa surge a partir de la existencia de tribunales cuya competencia tiene por objeto resolver conflictos de intereses entre particulares y el Estado y sus órganos. Actualmente, en nuestro

sistema jurídico no existen tribunales contencioso administrativos especiales, y las competencias se encuentran sectorializadas de acuerdo con las diversas materias. No deben confundirse estos órganos con

aquellos órganos que se consagran en la Constitución para el desempeño de la jurisdicción constitucional, como es el caso del Tribunal Constitucional. Por el contrario, cuentan con competencias limitadas y actúan

desde los servicios que conforman la Administración del Estado. Tal es el caso del Tribunal de Contratación; el Tribunal de la Libre Competencia y, para los efectos que interesan a este trabajo, los tribunales de

cuentas, tanto de primera como de segunda instancia. En cuando a estos últimos, cabe advertir desde ya que se encuentran consagrados dentro de la estructura orgánica de la Contraloría General de la República,

que es un organismo autónomo de control que forma parte de la Administración del Estado (inciso 2°, artículo 1° de de la Ley N° 18.575), que está llamado a desempeñar, por regla general, una función

administrativa que en su caso se identifica con el control de legalidad de los actos de la Administración. Sin embargo, la norma constitucional consagra para la Contraloría, sin perjuicio de su función

administrativa, una función de carácter jurisdiccional, al disponer que además de examinar, deberá juzgar las cuentas de las personas que reciban bienes o fondos públicos. Esto es lo que se llama “jurisdicción de

cuentas”.

Lo interesante es que, si bien la Constitución encarga el desarrollo de la jurisdicción de cuentas a la Contraloría, lo cierto es que su desempeño en concreto está entregado a tribunales que, formando parte de la

estructura orgánica de éste ente superior de control, ejecutan esta actividad de manera autónoma e independiente del ente administrativo que los cobija. Ello cobra especial relevancia en el supuesto de que

puede producirse una abierta colisión de criterios entre la Contraloría y los tribunales de cuentas, en el entendido que una decisión administrativa nunca debe ser mirada con efectos vinculantes desde el punto de

vista jurisdiccional, etapa en que la decisión administrativa siempre es susceptible de revisarse, aun cuando lo sea por los tribunales de cuentas. Y es precisamente esta posibilidad de revisión jurisdiccional la que

distingue la independencia con que actúan los tribunales de cuentas que funcionan dentro y desde la Contraloría para el desempeño de este tipo de jurisdicción administrativa.

INTRODUCCIÓN

EL ESTADO Y SUS FUNCIONES

1. La Nación y el Estado

2. El poder constituyente y las tareas y funciones del Estado que se identifican con otros poderes del Estado

3. La administración y el ejercicio de la jurisdicción

3.1. Diferencias entre la función administrativa y la función jurisdiccional

3.2. La jurisdicción

3.2.1. Límites de la jurisdicción

3.2.2. La jurisdicción administrativa

PRIMERA PARTE

CONTROL DE LA ADMINISTRACIÓN Y EXAMEN DE CUENTAS

CAPÍTULO PRIMERO

EL CONTROL DE LA ADMINISTRACIÓN

1. Concepto y elementos constitutivos

2. El control autónomo

3. La Contraloría General de la República

CAPÍTULO SEGUNDO

LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

1. Origen de la función jurisdiccional y sus fuentes

2. Fundamento de la función jurisdiccional de la Contraloría General de la República

2.1. Generalidades

2.2. Tipos de responsabilidad civil

2.3. La responsabilidad civil extracontractual como fundamento de la jurisdicción de la Contraloría General de la República

2.3.1. Sujetos activo y pasivo de la responsabilidad civil extracontractual que se persigue a través del juicio de cuentas y fundamentos normativos

2.3.2. Norma y criterios aplicables a los sujetos de derecho privado que reciben recursos públicos que se destinan al cumplimiento de objetivos específicos

2.3.3. Condición esencial para tener la calidad de cuentadante

2.3.4. Situaciones particulares que afectan a algunos cuentadantes y la solidaridad

2.3.5. La responsabilidad civil extracontractual que se persigue a través del juicio de cuentas es subjetiva

CAPÍTULO TERCERO

SUPUESTOS ADMINISTRATIVOS PREVIOS AL EJERCICIO DE LA JURISDICCIÓN DE LA CONTRALORÍA GENERAL

1. Consideraciones generales

2. Concepto y características del juicio de cuentas

3. Momentos de la jurisdicción de cuentas

4. Antecedentes del juicio de cuentas

4.1. Tipos de exámenes de cuentas

4.1.1. Examen de cuentas propiamente tal

4.1.1.1. Características del examen de cuentas propiamente tal

4.1.1.2. Oficina que practica el examen de cuentas

4.1.1.3. Forma en que se verifica el examen de cuentas

4.1.1.4. Oportunidad en que debe rendirse la cuenta

4.1.1.5. Sanciones contempladas en caso de incumplimiento de la obligación de rendir cuentas

4.1.1.6. La caducidad del examen de cuentas

4.1.1.7. Formas de terminar el examen de cuentas

a) Finiquito de la cuenta

b) Reparo de la cuenta

4.1.1.8. La acumulación de expedientes del examen de cuentas

4.1.1.9. Hechos delictuosos

4.1.2. El examen de cuentas ficto

4.1.2.1. Características especiales del examen de cuentas ficto

4.1.2.2. Fundamentos normativos del examen de cuentas ficto

4.2. Principales diferencias entre el examen de cuentas propiamente tal y el examen de cuentas ficto

SEGUNDA PARTE

EL JUICIO DE CUENTAS. PROCEDIMIENTO Y RECURSOS

CAPÍTULO PRIMERO

EL JUICIO DE CUENTAS

1. Normativa aplicable

1.1. Normativa especial

1.2. Aplicación Supletoria de los Libros I y II del Código de Procedimiento Civil

1.2.1. Importancia de la aplicación supletoria de las normas de los Libros I y II del Código de Procedimiento Civil al juicio de cuentas

1.3. Auto Acordado del Tribunal de Cuentas de Segunda Instancia

2. Tribunal competente

2.1. Tribunal competente en primera instancia

2.2. Tribunal competente en segunda instancia

3. Implicancias y recusaciones

3.1. Norma de reemplazo de los jueces afectados por una causal de implicancia, recusación, ausencia o inhabilidad temporal

4. Partes que obran en el juicio de cuentas

4.1. Demandante en el juicio de cuentas

4.2. El demandado

4.3. Parte representante de los intereses públicos patrimoniales (actuación del Fiscal de la Contrataría General de la República)

4.4. Situación especial en relación con la pluralidad de sujetos y de acciones en el juicio de cuentas

4.5. Patrocinio y poder en el juicio de cuentas

5. Fase inicial del juicio de cuentas (etapa de discusión)

5.1. La demanda

5.2. El emplazamiento

5.2.1. Las notificaciones

5.2.1.1. Consideraciones generales

5.2.1.2. Notificaciones que regula especialmente la Ley No 10.336

a) Notificaciones Personales

b) Notificaciones por cédula

c) Notificaciones por avisos

d) Notificaciones por carta certificada

5.2.1.2.1. Funcionarios encargados de practicar las notificaciones que se establecen para el juicio de cuentas en la Ley No 10.336

a) Funcionarios encargados de notificar reparos en Chile

b) Funcionarios encargados de notificar reparos en el extranjero

5.2.1.3. Notificaciones reguladas en el Libro 1 del Código de Procedimiento Civil que aplican en forma supletoria al juicio de cuentas

a) Notificaciones por el estado diario

b) Notificaciones tácitas

c) Notificaciones que se hagan a terceros en el juicio de cuentas

5.2.2. El transcurso del plazo

5.2.2.1. Regla especial en materia de cómputo de los plazos del juicio de cuentas

5.3. La contestación de la demanda

5.3.1. Requisitos de la contestación y antecedentes que se deben acompañar

5.3.1.1. Informalidad de la contestación

5.3.1.2. Antecedentes que deben acompañarse a la contestación

5.3.1.2.1. Formas de Acompañar documentos en la contestación del reparo

5.3.2. Actitudes que puede asumir el cuentadante en la contestación

5.4. Trámites posteriores a la contestación del reparo

5.4.1. Informe del examinador

5.4.2. Traslado al Fiscal de la Contrataría General

5.4.2.1. Situaciones que dificultan una adecuada representación de los intereses públicos patrimoniales por parte del Fiscal de la Contraloría General

a) Es parte, pero no interpone la demanda

b) En cuanto a la interposición de medidas precautorias

c) Dificultades que se producen en relación con el término probatorio

d) Situación que se produce en relación con las excepciones dilatorias

5.4.2.2. Traslado al Fiscal de la Contraloría General en forma coetánea a la interposición de la demanda

6. El término probatorio, los medios de prueba y ponderación de su mérito en el juicio de cuentas

6.1. Concepto de término probatorio

6.1.1. Características del término probatorio que se decreta en el juicio de cuentas

6.1.2. Interpretación del artículo 111 de la Ley No 10.336

6.1.2.1. Hechos de la causa y medios de prueba

6.1.2.2. Oportunidad de apertura de término probatorio en el juicio de cuentas

6.1.2.3. Reposición de la resolución que recibe la causa a prueba y que fija los hechos de la causa

6.2. Los medios de prueba en el juicio de cuentas

6.2.1. Problemas interpretativos que surgen a raíz de la inclusión de las medidas para mejor resolver como medios de prueba que pueden rendirse dentro del término probatorio

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