DERECHO ACUÍCOLA CHILENO Régimen de concesiones de acuicultura, marítimas y otros otorgamientos

DERECHO ACUÍCOLA CHILENO Régimen de concesiones de acuicultura, marítimas y otros otorgamientos

Autor: Gerardo Ramírez González

Paginas: 184

Edición: 1ª Edición, Marzo 2023

Formato: Papel 15×23 cm.

ISBN: 978-956-6234-07-4

 

Descripción

 

Esta es la primera obra editorial relativa a la regulación acuícola en casi 25 años en nuestro país y corresponde al inicio de una saga de, al menos, tres volúmenes respecto al Derecho Acuícola Chileno. Esta primera entrega se aboca al estudio del elemento central para la actividad acuícola: las concesiones, específicamente las concesiones de acuicultura, concesiones marítimas y las autorizaciones especiales.

Respecto a cada una de estas licencias u otorgamientos estatales, se revisa detenidamente la naturaleza de la concesión o permiso, sus requisitos de procedencia, la figura del concesionario y sus deberes y derechos, las transferencias o modificaciones, su vencimiento y renovación, y el régimen sancionatorio aplicable incluyendo la caducidad de la concesión; todo lo anterior, sustentado en el extenso trabajo de recopilación y análisis normativo y jurisprudencial (tanto administrativo como judicial) realizado en la obra.

El presente libro constituye el primer y, por ahora, único esfuerzo de sistematización de la regulación aplicable a la acuicultura, la que se encuentra disgregada en diversos cuerpos normativos desde la Ley General de Pesca y Acuicultura a un sinnúmero de reglamentos, resoluciones, etc.; de modo que representa una consulta esencial para quienes cuyo ejercicio profesional se encuentre ligado a la acuicultura, sea desde la perspectiva técnica o jurídica, tanto desde el ámbito público como privado.

CAPÍTULO I

CONCESIONES DE ACUICULTURA

1. GENERALIDADES

2. MAPA NORMATIVO

2.1. Ley General de Pesca y Acuicultura

2.1.1. Título VI. De las concesiones de acuicultura

2.1.2. Título IX, X y XI. Infracciones, Sanciones, Procedimiento; delitos y penalidades, y caducidades

2.1.2.1. Tipos infraccionales generales en la LGPA y propios de la acuicultura

2.1.2.2. Tipos infraccionales específicos de competencia de SUBPESCA

2.1.2.3. Fiscalización

2.1.2.4. Proceso jurisdiccional de sanción

2.1.2.5. Delitos especiales y penalidades

2.1.2.6. Caducidades

2.1.3. Reglamento de Concesiones y Autorizaciones de Acuicultura (DS N° 290/93, del Ministerio de

Economía, Fomento y Reconstrucción)

2.1.4. Reglamento del Registro Nacional de Acuicultura (DS N°499/1994, del Ministerio de Economía,

Fomento y Reconstrucción)

2.1.5. Reglamento del Registro Público de Concesiones de Acuicultura (Decreto N° 113/2014, del

Ministerio de Economía, Fomento y Turismo)

3. SOLICITUD, OTORGAMIENTO Y MODIFICACIONES DE LAS CONCESIONES DE ACUICULTURA

3.1. Breve mirada histórica al otorgamiento de concesiones de acuicultura

3.2. Etapas del procedimiento de otorgamiento o modificación

3.2.1. Presentación de la solicitud e inicio del procedimiento

3.2.2. Análisis de la SUBPESCA del proyecto técnico

3.2.3. Trámites ambientales. Caracterización preliminar del sitio y RCA

3.2.3.1. Solicitud de planos

3.2.3.2. Resolución que aprueba o rechaza el proyecto técnico

3.2.4. Otorgamiento por la SFFAA, publicaciones y entrega material

3.2.5. Modificaciones al otorgamiento

4. ¿QUIÉNES PUEDEN SER CONCESIONARIOS?

5. DERECHOS DEL CONCESIONARIO

5.1. El caso de las concesiones de apoyo

6. OBLIGACIONES LEGALES DEL CONCESIONARIO

6.1. Patente única de acuicultura

6.2. Iniciar operaciones en el plazo de un año desde la fecha de entrega material, cumpliendo los niveles

mínimos establecidos por el reglamento

6.3. No paralizar por más de dos años consecutivos

6.4. Mantener la limpieza y equilibrio ecológico de la zona concesionada

6.5. Retirar las mejoras y construcciones introducidas por el concesionario

7. TRANSFERENCIAS Y CESIÓN DE DERECHOS SOBRE CONCESIONES DE ACUICULTURA

7.1. Hipoteca de la concesión

8. RENOVACIONES

8.1. La no renovación por infracciones de índole laboral

8.2. Suspensión del procedimiento de renovación por tramitación de un ECMPO

9. TRANSMISIÓN POR CAUSA DE MUERTE DE LAS CONCESIONES

10. CAUSALES DE TÉRMINO

10.1. Causales de término distintas a la caducidad y la potestad de dejar sin efecto una concesión

10.2. Terminación por caducidad como sanción (artículo 142 de la LGPA) 10.2.1. Causales de caducidad

como sanción directa

10.2.1.1. Explotación de la concesión con un objeto diferente al otorgado (letra a)

10.2.1.2. No pago de la patente única de acuicultura (letra b)

10.2.1.3. Paralización por más de dos años o no inicio de operaciones en el año inicial (letra e)

10.2.1.3.1. Caso fortuito o fuerza mayor que impide el inicio de operaciones o su reactivación

10.2.1.3.2. Ampliación del plazo de paralización conforme al artículo 69 bis y operación ficta entre

cosecha y próxima siembra

10.2.1.3.2.1. Tiempo de operación que precede a la operación y cálculo del beneficio

10.2.1.3.2.2. Oportunidad de solicitud y cómputo del plazo de prórroga de paralización

10.2.1.3.2.3. Efectos de la presentación de la solicitud de ampliación

10.2.1.4. Infracción a la suspensión de operaciones decretada por el artículo 118 ter (letra i)

10.3. Causales de caducidad como sanción accesoria

10.3.1. Incurrir, dentro del plazo de dos años contados desde la fecha de comisión de la primera

infracción, en tres infracciones sancionadas de conformidad con el inciso primero del artículo 118 de la

LGPA (letra c)

10.3.2. Haber sido condenado el titular mediante sentencia firme por alguno de los delitos de que tratan

los artículos 136 y 137 de la LGPA (letra d)

10.3.3. Haber sido sancionado tres veces, dentro del plazo de cuatro años contados desde la fecha de la

comisión de la primera infracción, por el subrreporte o la entrega de información incompleta o falsa, de

conformidad con el inciso final del artículo 113 de la LGPA (letra h)

10.3.4. Incurrir en una tercera infracción de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 ter de la

LGPA (letra j)

10.3.5. Haber sido sancionado el titular tres veces en dos años en virtud de lo dispuesto en el artículo

118 ter, letra b, párrafo séptimo o del artículo 137 bis de la LGPA (letra l)

10.4. Declaración de caducidad

10.5. Impugnación de la resolución que declara la caducidad

11. RÉGIMEN DE SANCIONES DISTINTAS DE LA CADUCIDAD

11.1. Tipos infraccionales y sanciones aplicables

11.1.1. Incurrir en prácticas desleales o antisindicales (art. 84)

11.1.2. Subrreporte o entrega de información productiva o de condición sanitaria no fidedigna (inciso

final del artículo 113)

11.1.3. Infracción a normas de acuicultura que no tengan prevista una sanción especial (artículo 116)

11.1.4. Infracciones a las medidas de protección establecidas en el RESA o RAMA, o en los programas

sanitarios (artículo 118)

11.1.4.1. Breve reflexión sobre la constitucionalidad de la remisión sancionatoria al RESA o RAMA

11.1.5. Falta de adopción de las medidas de protección establecidas en el artículo 87 bis de la LGPA

(artículo 118 bis)

11.1.6. Calificación en bioseguridad baja por dos ciclos consecutivos al término de los descansos

sanitarios (artículo 118 quinquies)

11.1.7. Obstaculizar la labor de los funcionarios del SERNAPESCA (artículo 121 bis)

11.2. Prescripción de las infracciones

11.3. Procedimiento de fiscalización administrativa y sanción judicial

11.3.1. Fiscalización

11.4. Proceso de sanción ante los Tribunales de Justicia

11.4.1. Primera instancia ante el Juez de Letras con competencia en lo civil

11.4.2. Apelación ante la Iltma. Corte de Apelaciones competente

11.4.3. La Excma. Corte Suprema en su rol de casación

11.4.4. La presunción de haberse cometido la infracción por la denuncia formulada por SERNAPESCA

establecida en el artículo 125 N° 1 de la LGPA

11.5. Sanciones administrativas impuestas por la SUBPESCA conforme al artículo 118 ter

11.6. Catálogo de infracciones administrativas establecidas en el artículo 118 ter de la LGPA

11.6.1. Siembra de ejemplares sin contar con la información ambiental evaluada por el SERNAPESCA, o

la no suspensión del proceso ingreso de ejemplares desde la comunicación de la negativa del organismo

(letra a)

11.6.2. No dar cumplimiento a las condiciones de densidad o descanso en los centros de cultivo,

dispuestas por la ley o sus reglamentos (letra b); o no dar cumplimiento a las medidas coordinadas de

densidad, descanso o vacunaciones (letra c)

11.6.3. No eliminar los ejemplares en cultivo o eliminarlos fuera de plazo, cuando lo disponga el

SERNAPESCA (letra d)

11.6.4. No dar cumplimiento a los tratamientos terapéuticos ordenados obligatoriamente por el

SERNAPESCA en una emergencia sanitaria (letra e) y no dar cumplimiento a los tratamientos terapéuticos

establecidos por el SERNAPESCA en un programa específico de control (letra f)

11.6.5. No entregar información sobre la condición sanitaria del centro de cultivo o hacerlo fuera de

plazo, referida a las enfermedades de alto riesgo, exigida en virtud del RESA o los programas sanitarios

(letra g)

11.6.6. No pago de las multas impuestas por la SUBPESCA (inciso quinto)

11.6.7. Escape, desprendimiento o pérdida de recursos exóticos, o pérdida, desprendimiento o escape

masivo de recursos nativos, cuando se constate incumplimiento en la adopción de medidas de seguridad

o mantención de los módulos de cultivo y fondeo (inciso décimo)

11.6.7.1. El rediseño del modelo sancionatorio respecto de escapes incorporado por la nueva ley

11.6.7.2. Eliminación de la presunción de daño ambiental

11.6.8. Uso de fármacos o sustancias químicas prohibidas (inciso undécimo)

11.7. Procedimiento administrativo sancionador

11.7.1. Impugnación judicial

11.7.2. SUBPESCA vs. SMA: ¿Quién tiene la competencia sancionatoria administrativa?

12. DELITOS ESTABLECIDOS EN LA LGPA EN RELACIÓN A LA ACTIVIDAD ACUÍCOLA

12.1. Delito de contaminación de las aguas (art. 136)

12.2. Delito de introducción, investigación, cultivo o comercialización con organismos genéticamente

modificados (art. 136 bis)

12.3. Delito de liberación de especies hidrobiológicas exóticas (art. 137 bis)

12.4. Delito de sustracción de especies desde un centro de cultivo (art. 137 bis inciso segundo)

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